
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Málaga, en su sentencia nº 70/2014, ha anulado la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Málaga por la que se sancionaba a CGT a abonar 2.000€ de multa por una concentración pacífica realizada en Mijas el 13 de octubre de 2012.
El juzgador “declara la NULIDAD de la resolución sancionadora por no ser conforme a derecho al no constar la comisión de la infracción tipificada en el art. 23.c de la LO 1/92”.