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El ayuntamiento lleva a aprovación la nueva oficina municipal del derecho a la vivienda
Ayuntamiento de Málaga. 09.09.15 
Integra a la actual oficina y amplía la cobertura de acción para atender a familias con necesidad urgente de vivienda, incursas en procedimientos de desalojo, desahucio o lanzamientos, no solo derivados del fenómeno hipotecario, sino de cualquier otro supuesto
Asimismo, se impulsa el plan para destinará 2 millones de euros anuales a alquilar viviendas particulares que se asignarán familias en situaciones de urgencia
Estas medidas forman parte del Plan de Emergencia Social
09/09/2015.- El Ayuntamiento de Málaga, a través del Instituto Municipal de la Vivienda, llevará a aprobación en el Consejo Rector que se celebra este viernes la creación de la nueva OFICINA MUNICIPAL DEL DERECHO A LA VIVIENDA, un órgano que garantizará este derecho constitucional y arbitrará todas las fórmulas a su alcance para evitar los desahucios en la ciudad de Málaga. Nace como resultado del acuerdo de Pleno Municipal de 23 de julio pasado, en el que se acordó la creación de este órgano, e integra la actual oficina municipal de intermediación hipotecaria (en funcionamiento desde 2012) y que ha atendido hasta el momento a más de 700 personas.  Con esta medida se refuerzan las acciones antidesahucios que se están llevando a cabo por el Consistorio malagueño desde el inicio de la crisis. A través de esta nueva oficina se busca garantizar el derecho a la vivienda a familias con riesgo de exclusión social y con necesidad urgente de vivienda procedentes de situaciones de desahucios, tanto procedentes de ejecuciones hipotecarias como de cualquier otro supuesto que pudiera implicar que se quedara sin una vivienda en la que alojarse.
Para todos estos casos, cuando hayan sido infructuosas las gestiones para que permanezcan en sus hogares, se elevará también propuesta al Consejo para la aprobación de un PLAN DE ALQUILER DE VIVIENDAS PARA FAMILIAS CON NECESIDAD URGENTE. A través de este Plan, el IMV ayudará a pagar el alquiler a estas familias durante un periodo de tres años.

Para la ejecución de estas ayudas, el Ayuntamiento destinará un importe de 2 millones de euros anuales. Teniendo en cuenta que el plan se ha diseñado para el periodo 2015-2018, el presupuesto total del mismo asciende a 6.580.000 euros; dos por cada una de las anualidades 2016, 2017 y 2018 y una consignación de 580.000 euros para lo que queda de 2015.

El plan de ayudas que propone el Ayuntamiento de Málaga consiste en ofrecer a estas familias viviendas en alquiler del mercado, cuyas rentas serán abonadas por el Instituto Municipal de la Vivienda con la colaboración de las propias familias, suscribiendo éstas el correspondiente contrato de arrendamiento con el propietario.

Este Plan de Ayudas será por tres años y conforme al siguiente programa:

•    El primer año: durante el primer semestre las familias se beneficiarán de una ayuda al alquiler del 100% de la renta mensual con un máximo de 450 euros mensuales y, para el segundo semestre, la ayuda se corresponderá con el 90% de la renta mensual con un máximo de 405 euros mensuales, debiendo la familia sufragar la diferencia en este semestre: 40 euros/mes.

•    El segundo año: durante el primer semestre (tercer semestre del plan) las familias se beneficiarán de una ayuda al alquiler del 80% de la renta mensual con un máximo de 360 euros mensuales y, para el segundo semestre (cuarto semestre del plan), la ayuda se corresponderá con el  70% de la renta mensual con un máximo de 315 euros mensuales. En este año las familias abonarían 90 euros/mes el primer semestre y 130 euros al mes el segundo.

•    El tercer año: durante el primer semestre (quinto semestre del plan) las familias se beneficiarán de una ayuda al alquiler del 60% de la renta mensual con un máximo de 270 euros mensuales y, para el segundo semestre (sexto y último semestre del plan), la ayuda se corresponderá con el  50% de la renta mensual con un máximo de 225 euros mensuales. En este año las familias abonarían 180 euros/mes el primer semestre y 225 euros al mes el segundo.

Adicionalmente a la cuantía del primer año, se abonará un importe de 450 euros para cubrir la fianza que está obligado a depositar la familia beneficiaria.

Las familias beneficiarias suscribirán el contrato de alquiler con el titular del piso y asumirán todas las obligaciones legales que le correspondan por tal relación jurídica. Las rentas de alquiler serán abonadas por el Instituto y por el arrendatario en las proporciones antes señaladas y, por tanto, las familias arrendatarias tendrán la obligación de abonar mensualmente la parte de renta que no cubra la ayuda pública.

El IMV abonará las ayudas mediante transferencia directamente al propietario (arrendador) de la siguiente forma: la primera anualidad completa durante el primer mes del periodo y, para los dos años siguientes, el abono se realizará por semestres durante el primer mes de cada periodo. Para abonar la ayuda correspondiente a cada periodo semestral (tercero a sexto), los beneficiarios deberán haber pagado al arrendador las cantidades de renta que les correspondiere del semestre inmediato anterior.

La ayuda  económica  excepcional  irá destinada, exclusivamente, a  atender  situaciones de  emergencias, ocasionadas, por la  pérdida o posible pérdida sobrevenida de  la  vivienda (debida a declaración de  ruina inminente de  inmueble, a procedimientos de ejecución hipotecaria, a procedimientos de desahucio, a dación en pago, y supuestos de análoga naturaleza)

El  acceso  a  esta  ayuda de emergencia  se realizará, a través del  Instituto Municipal de la Vivienda,  en  el  Registro General de Documentos, o por cualquiera de los cauces  previstos en la normativa legal vigente, o incluso de oficio por esta Agencia Pública. Y deberá contar con el informe favorable del Comité FRES de valoración de Familias en Riesgo de Exclusión Social, formado por técnicos municipales de las Áreas de Derecho Social, Accesibilidad, Igualdad, y Vivienda.

A su vez estas familias se incluirán en un programa de seguimiento para ayudarles a su integración y orientación laboral y, en su caso, social.

EJES DE TRABAJO DE LA OFICINA DEL DERECHO A LA VIVIENDA
La creación de la Oficina del Derecho a la Vivienda, entre otros aspectos, declara a Málaga como ciudad contraria a los desalojos de viviendas familiares habituales y tendrá como gran objetivo garantizar el derecho constitucional de acceso a una vivienda digna. Será mediadora ante las entidades financieras e integrará, como se ha indicado anteriormente, en su estructura a la Oficina Municipal de Intermediación Hipotecaria, creada en 2012, y con muy buenos resultados en el ámbito judicial y en el de valoración de los ciudadanos.

La oficina tendrá tres ejes fundamentales de trabajo:

1.- Asuntos derivados del fenómeno  hipotecario: Que se centraría en los siguientes supuestos: familias que acuden manifestando no poder pagar la cuota hipotecaria; familias que han recibido una notificación del Juzgado referente a su vivienda; y familias a las que les ha llegado la orden de lanzamiento.

La actuación de la Oficina será en primer lugar intentar que la familia no pierda su hogar, para ello: por un lado intentar gestionar una reestructuración de su deuda con la entidad financiera, labor ya realizada y en la que se han alcanzado éxitos en la actual Oficina de intermediación hipotecaria, remitiendo paralelamente el expediente al Colegio de Abogados para la asignación y gestión del caso que estuviere judicializado, ello al amparo del convenio suscrito con este Colegio Profesional, para la asignación de un letrado especializado en la materia. Por otro y a la par, la oficina comunicará por carta al juzgado solicitud de paralización del procedimiento, en caso de que la familia estuviera incursa en causa de vulnerabilidad social.

En el último supuesto de que el lanzamiento fuese inminente y no se alcanzara acuerdos o fuese imposible su paralización, esta familia será remitida al comité de familias en riesgo de exclusión social (FRES), el cual valorará su situación y acordará que, en su caso, ésta pueda beneficiarse del programa de ayudas de alquiler o ser adjudicataria de una vivienda protegida de propiedad municipal o autonómica si existiera parque suficiente. En ningún caso se quedaría ninguna familia sin tener un hogar donde residir.

2.- Los desahucios derivados de asuntos de impago de alquileres: tanto si el arrendatario no puede pagar la renta de alquiler o si le ha llegado una comunicación del juzgado u orden de lanzamiento, en estos casos se intentaría en primer término gestionar con el arrendador la posibilidad de que esta familia permanezca en su hogar reestructurando su deuda; en caso contrario y en los demás casos, el expediente de la familia se remitiría al comité FRES y al Registro de Demandantes de Vivienda, para iniciar el trámite oportuno para el posible acceso a una vivienda protegida.

Si se informa por el comité FRES que se está ante una situación de riesgo de exclusión social y necesidad urgente de vivienda, y no estuviese esta familia entre los 30 casos más urgentes del Comité (dado que a éstos de le adjudicaría una vivienda protegida), se procedería a la búsqueda de una vivienda de alquiler sujeta al plan de ayudas de alquiler, que se propone aprobar en el Consejo, por tres años.

3.- Ocupaciones irregulares de vivienda. En estos casos, la Oficina del Derecho a la Vivienda remitiría el expediente al comité FRES y al Registro de Demandantes de Vivienda, para iniciar el trámite oportuno para el posible acceso a una vivienda protegida. Si se informa por éste que se está ante una situación de riesgo de exclusión social y necesidad urgente de vivienda, y no estuviese esta familia entre los 30 casos más urgentes del Comité (dado que a éstos se le adjudicaría una vivienda protegida), se procedería a la búsqueda de una vivienda de alquiler sujeta al plan de ayudas de alquiler, que se propone aprobar en el Consejo, por tres años.

ORGANIGRAMA DE TRABAJO
Para la creación de la Oficina del Derecho a la Vivienda se propone que la Dirección recaería en el Director-Gerente del IMV. La Oficina estaría formada por cinco puestos de trabajo: un Coordinador, un Técnico Jurídico (Licenciado en derecho), dos Trabajadores Sociales y un Auxiliar Administrativo.

Tanto el puesto de Coordinador, como el de Licenciado en Derecho, se dotarán de entre los actuales empleados públicos, si bien los Trabajadores Sociales y el Auxiliar Administrativo serán de nueva contratación y por periodo de tres años. La oficina que reside orgánicamente en el IMV, contará con todo el apoyo del resto de la administración municipal.

En las próximas semanas se procederá a contactar con la administración autonómica para colaborar y coordinar los trabajos de esta Oficina con otros entes u órganos de ésta que trabajen en la misma dirección.

CREACIÓN DE UN CENSO DE VIVIENDAS VACÍAS
Por la Oficina por el Derecho a la Vivienda se elaborará un censo de viviendas vacías en propiedad de Bancos y promotores en concurso de acreedores. Para ello se valdrá de informes notariales sobre la gestión tributaria para la liquidación de la plusvalía municipal, así como de la colaboración de los Bancos y entidades sociales y ciudadanas.

Asimismo se instará a la Junta de Andalucía a que reclame a la SAREB las viviendas que tiene a su disposición.

CREACIÓN DE UN SERVICIO PROPIO DE INFORMACIÓN
Este apartado se ejecutará por medio de la puesta en marcha de un teléfono de atención directa, así como de un servicio “on line” de atención a los afectados y de información en estos procedimientos de desahucio. Se publicarán para su seguimiento y de manera bimensual las actuaciones en viviendas sociales y ayudas al alquiler.

CREACION DEL REGISTRO DE VIVIENDAS PARA ALQUILER
El IMV además propone al Consejo Rector crear un registro de  viviendas en el municipio de Málaga con destino a ser alquiladas por demandantes de viviendas. La necesidad de viviendas, al encontrarse la totalidad de los 4.000 alojamientos de las que dispone el Ayuntamiento todos arrendados, hace imprescindible la búsqueda de nuevas opciones para las familias demandantes, con prioridad a las que tienen riesgo de exclusión social y necesidad urgente de vivienda.

Este registro se crearía con los siguientes requisitos y normas de funcionamiento:

1)    Que se trate de viviendas de uno o más dormitorios, con salón, cocina y al menos un baño con lavabo, inodoro y bañera o ducha.

2)    Todas las habitaciones de las viviendas han de tener ventana al exterior o a patio interior.

3)    Las viviendas pueden ser de segunda mano o de nueva construcción.

4)    Tanto las viviendas como las zonas comunes del edificio tendrán que estar en buen estado de conservación, habitabilidad y accesibilidad.

5)    Las viviendas estarán libres de arrendamientos y ocupantes, y al corriente en el pago de impuestos, así como al corriente en el pago de la comunidad.

6)    Las viviendas deben tener plena habitabilidad e idoneidad para servir al destino de vivienda habitual.

7)    Las viviendas  deben estar  dadas de alta en los servicios de suministros tales como agua, electricidad, gas, y demás suministros, o el compromiso del propietario de dar de alta tales servicios antes de la formalización del contrato de arrendamiento. Así mismo las instalaciones  deben estar en perfecto estado.

8)    El precio de renta máximo por vivienda será de 450 euros/mes, pudiéndose actualizar al IPC.

9)    Las viviendas contarán con certificado energético.

10)    Las viviendas deben estar ubicadas en el municipio de Málaga.

11)    Las viviendas deben tener  la cocina amueblada y con un mobiliario mínimo para poder ser habitadas con normalidad.

12)    Las viviendas deben estar cubiertas por una póliza multiriesgo hogar que  cubra como mínimo  el continente del inmueble y responsabilidad a terceros.

La inscripción en este registro permitirá al titular gozar de las ventajas que se derivan del plan de ayudas al alquiler:

-    El contrato de arrendamiento será por tres años.
-    Las rentas del primer año serán pagadas por adelantado por el IMV, salvo el 10 % del segundo semestre que las abonará el arrendatario.
-    El resto de las rentas serán pagadas por el IMV por adelantado en el primer mes de cada semestre restante, salvo el 20%, 30%, 40% y 50 % respectivamente de cada semestre, que será abonado por el inquilino.

REFUERZA LA POLÍTICA ANTIDESAHUCIOS QUE DESARROLLA EL AYUNTAMIENTO
Estas medidas vienen a reforzar las actuaciones que desarrolla el Ayuntamiento de Málaga dentro de su política proactiva de lucha contra los desahucios.

Entre ellas, cabe recordar que en 2012 se creó la Oficina Municipal de Intermediación Hipotecaria que desde su creación hasta la fecha ha atendido a más de 700 personas, siendo el resultado de dichas atenciones es el siguiente:
 
-  El 20% han sido derivados al Colegio de Abogados, en base al protocolo del convenio suscrito con ellos que establece que los casos que ya estén judicializados se remitan allí. Están siendo atendidos por letrados especializados en derecho civil y mercantil en un turno especial fruto de dicho acuerdo.
 
- Del 80% restante que se ha tramitado en la oficina:
 
•    En el 64% se ha solucionado directamente o con asistencia letrada, por tanto no han llegado a ser demandados judicialmente como consecuencia del asesoramiento, intervención o negociación directa de este órgano municipal, de forma que se ha conseguido evitar que fueran objeto de un procedimiento judicial de ejecución hipotecaria. Por ejemplo, hasta ahora se han conseguido reestructuraciones de la deuda consistentes en minoraciones de la cuota mensual de hasta el 90% y carencia  en la amortización de capital de 4 años, así como daciones en pago.
•    El 25% está en negociación abierta con entidades de crédito.
•    El 11% se ha derivado a otras Oficinas o dependencias.
 
Cabe recordar que desde 2008 no se ejecutan desahucios de vpo municipales de alquiler a personas con dificultades para el pago. Y ofrecemos planes individualizados con facilidades de pago para inquilinos del parque municipal, contando actualmente con más de 370. 
 
Por otro lado, desde 2011, a través del Plan de Familias en Riesgo de Exclusión Social impulsado por este Consistorio, se han adjudicado ya más de 330 viviendas protegidas a este colectivo, posibilitando el realojo de familias que proceden, por ejemplo, de desahucios y ejecuciones hipotecarias de viviendas privadas, así como por otras circunstancias de emergencia.
 
También, a través del IMV, se han materializado dos planes de compra de vivienda en 2014 y 2015 (se han adquirido 32 con una inversión de 1,5 millones de euros), que se destinan al Plan FRES mencionado anteriormente. Se asignan a familias en riesgo de exclusión social, con un alquiler social (entre 100 y 150 euros).
 
A estas acciones se unen las prestaciones familiares de ayudas económicas para prevenir situaciones de desahucios que se gestionan desde los Servicios Sociales Comunitarios. De hecho, en 2014 se han ofrecido 729 prestaciones familiares de ayudas económicas, por un valor de 510.265 euros, para prevenir situaciones de desahucios; y en lo que va de 2015, de enero a junio, esta cifra alcanza 369 prestaciones o atenciones y 278.949 euros de montante económico.
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