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CCOO presenta alegaciones al presupuesto del Ayuntamiento de Estepona pidiendo la creación de plazas del ERE | | CCOO. Málaga. 23.12.14 | | Ha solicitado la creación de plazas que fueron amortizadas por el ERE, que evite poner en riesgo la estabilidad presupuestariaEn las alegaciones se indica que en Anexo de Personal indica que “En la plantilla de funcionarios se contempla una vacante de funcionario de funcionario de libre designación que , a día de la fecha , se halla incursa en un proceso judicial”. En la Mesa General de Negociación, nos pronunciamos, igualmente en la plantilla laboral, a día de la fecha, existen procesos judiciales, entre otros, el personal despedido en el ERE y no se contemplan sus vacantes que fueron amortizadas en el ejercicio de 2013. Por ello, se solicita la creación de las mismas y su crédito correspondiente en el Presupuesto. Según nota informativa del Tribunal Supremo, con fecha 27 de noviembre de 2014, en relación a los recursos de casación nº 97/13 , vino a poner en conocimiento que se ha acordado anular las actuaciones y repetir el acto de juicio del ERE realizado por el Ayuntamiento de Estepona en Julio de 2012, por entender que el rechazo de la prueba pericial presentada por CCOO por la Sala Social del TSJA de Málaga, puede haber afectado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la Constitución Española. | En relación con este apartado se indica que “La Administración no se rige en sus relaciones jurídicas por el principio de la autonomía de la voluntad, sino que debe actuar con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho (art. 103.1 CE), con interdicción expresa de la arbitrariedad (art. 9.3 CE), y como poder público que es, está sujeta al principio de igualdad ante la Ley que concede a las personas el derecho subjetivo de alcanzar de los poderes públicos un trato igual para supuestos iguales. Es decir, el Ayuntamiento de Estepona debe actuar de la misma forma para situaciones idénticas, como es, contemplar vacantes en Presupuesto, las cuales se encuentran incursas en procedimientos judiciales pendientes de resolución judicial. Por ello, la Corporación debe prever la dotación presupuestaria necesaria y no omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles, para impedir poner en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda Local, de acuerdo con la obligación y en cumplimiento a la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 Abril y la Ley Orgánica 4/2012, de 28 de septiembre, por la que se modifica dicha Ley 2/2012, así como la recién publicada en el BOE núm. 305 del 21 de diciembre, “Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público” en cuanto a la obligación de abono a proveedores en un tiempo máximo de 30 días y la confección de un riguroso plan de tesorería para impedir futuros déficits presupuestarios. Y ello, con el objetivo de evitar que sobrevengan determinadas coyunturas económicas, como podría ocurrir con ocasión del resultado del nuevo juicio previsto en la Sala Social del TSJA de Málaga, que imposibiliten la ejecución de partidas previstas en el Presupuesto del ejercicio de 2015. |
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