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La Diputación abre el plazo para solicitar ayudas a los afectados por el incendio de Sierra Bermeja
Sierra Bermeja. 09.06.22 
La institución provincial destina un millón de euros a agricultores, ganaderos, explotaciones forestales y empresas de comercio, restauración y de turismo rural de Genalguacil, Jubrique, Faraján, Júzcar, Pujerra, Benahavís y Casares
La Diputación de Málaga ha abierto el plazo -hasta el 27 de junio- para solicitar ayudas por el incendio de Sierra Bermeja, a las que pueden acogerse agricultores, ganaderos, explotaciones forestales y empresas de comercio, restauración y de turismo rural de siete municipios afectados por el fuego: Genalguacil, Jubrique, Faraján, Júzcar, Pujerra, Benahavís y Casares. En total, la institución provincial dedica un millón de euros a estas subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a las que podrán optar microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) y personas autónomas de los pueblos mencionados.
La convocatoria -que puede consultarse en el Boletín Oficial de la Provincial del 6 de junio- establece dos tipos de ayudas.
Por un lado, hay subvenciones para gastos corrientes en bienes y servicios de los sectores del comercio, restauración, hospedaje, agroalimentario, forestal y ganadero. En este caso, podrán incluirse gastos de arrendamiento o subarriendo de bienes inmuebles; de suministros de electricidad, agua y gas donde la actividad económica se desarrolle; de mantenimiento de herramientas digitales (sitios web, comercio electrónico, aplicaciones móviles, entre otras); y gastos de alquiler de equipos, maquinaria y elementos de transporte vinculados al proceso productivo.

En este caso, la cuantía máxima a conceder a los beneficiarios de esta subvención será de 6.000 euros.

Y, por otro lado, se concederán ayudas para la adquisición de bienes de inversión en los sectores agroalimentario, forestal y ganadero, que incluyen compra de maquinaria, herramientas, equipos y procesos productivos; de software para transformación digital (plataformas de ventas 'online', herramientas web y aplicaciones o 'software' para digitalización de la gestión); de 'hardware' asociado a la transformación digital (equipos informáticos, móviles y tabletas); gastos de cambio de cultivo o método de regadío y adquisición de elementos de trasporte, como tractores, furgonetas, remolques y motos de reparto.

Para esta ayuda, la cuantía a percibir variará en función de la inversión que se realice. Cuando el importe del proyecto, IVA excluido, sea inferior o igual a 10.000 euros, se concederá una subvención por el 100% del importe total del proyecto. Y cuando el importe del proyecto supere la cuantía de 10.000 euros, IVA excluido, la cuantía de la subvención será del 85% del proyecto, con un máximo de 30.000 euros.

Los gastos subvencionables deberán realizarse o haberse realizado entre el 8 de septiembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022, permitiéndose por tanto, las inversiones o actividades realizadas con anterioridad a la publicación de la convocatoria.

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