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Sentencia contra entidad bancaria que cobraba un tae del 2963,51%
Galán Palmero Abogados. 21.09.25 
Sí han leído ustedes bien, hay entidades de crédito que cobran tal descomunal tipo de interés a sus clientes en los préstamos que conceden. Concretamente Galan Palmero Abogados ha defendido a un consumidor contra la entidad financiera ID FINANCE SPAIN SL. Nuestro cliente firmo diversos contratos de crédito con esta entidad, concretamente cuatro.
 Contrato de 20 de diciembre de 2020, tenía un TIN mensual del 29,28% y una TAE de 2079,60%.
Contrato de 12 de marzo de 2012 TIN mensual del 28,10%, TAE 1853%.
Contrato de 6 de mayo de 2021 Tin mensual 33% TAE 2963,51%
Contrato de 28 de mayo de 2012 TIN mensual 33% TAE 2963,  %
Nuestro despacho presentó demanda ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Jaca. En la sentencia emitida por este Juzgado se establece que el tipo de interés aplicado
a estos contratos es absolutamente desproporcionado y usurario. Llegando a indicar que se pagaban 299,38 euros en concepto de intereses ordinarios para un periodo de sesenta y dos días para un préstamo de 600 euros. La sentencia la condena a esta entidad financiera para que devuelva todos los intereses ordinarios, de demora o comisiones pagadas por nuestro cliente. E incluso se condena al pago de los intereses legales y a abonar las costas del procedimiento.

Hay que indicar que estos minicréditos concedidos por diversas entidades, normalmente fondos buitres debieran de estar totalmente prohibidos por el Banco de España, porque esquilman a los consumidores más vulnerables. Si tiene algún crédito abusivo, tarjeta de crédito etc, desde Galan Palmero Abogados, le podemos hacer un estudio para comprobar si el mismo es nulo de pleno derecho.
GALAN PALMERO ABOGADOS
info@galanpalmeroabogados.e
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